Código Nuremberg:
- El consentimiento es esencial.
- Debe de estar en capacidad legal para dar su consentimiento.
- Debe de estar situada de forma que le permita ejercer su libertad de escoger. Sin la intervención de otros (fuerza, fraude, engaño, coacción) y tener conocimiento y comprensión de los elementos de la investigación.
- Se le debe explicar la naturaleza, duración y propósito de la investigación, el método, como se conducirá la investigación, todos los inconvenientes y riesgos que pueden presentarse y los efectos sobre la salud por la participación en el experimento.
- Durante el curso del experimento el sujeto humano debe tener la libertad de poner fin a este, si ha llegado al estado físico o mental donde la continuación del experimento le parece imposible.
Declaración de Helsinki:
- En la investigación médica es deber del médico proteger la vida, la salud, la intimidad y la dignidad del ser humano.
- En toda investigación en seres humanos, cada individuo potencial debe recibir información adecuada acerca de los objetivos, métodos y fuentes de financiamiento, afiliaciones institucionales, beneficios calculados, riesgos previsibles e incomodidades derivadas del experimento. La persona debe de ser informada del derecho de participar o no en la investigación y de retirar su consentimiento en cualquier momento, sin exponerse a represalias.
http://www.bioetica.uchile.cl/doc/helsink.htm
Otros documentos acerca de la investigación científica con seres humanos
- Manual de ética del American College of Physicians.
- Normas éticas internacionales para las investigaciones biomédicas en sujetos humanos del Consejo de Organizaciones Internacionales de Ciencias Médicas y la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud.
http://www.acponline.org/running_practice/ethics/manual/ethicsman_sp.pdf
http://www.cioms.ch/frame_spanish_text.htm
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